I. APLICACIÓN DE LA NORMATIVA ANTICORRUPCIÓN Y PROPÓSITO DE ESTA POLÍTICA
INEC Mayorista del Norte, S.L. - IBERTRONICS se compromete a realizar negocios con integridad. Esto significa evitar cualquier forma de corrupción y cumplir con todas las leyes y demás normativa anti-soborno y anticorrupción aplicables (de ahora en adelante la “Normativa Anticorrupción”) así como seguir las recomendaciones de los Organismos Internacionales como la OCDE y las Naciones Unidas. Asimismo, es una tendencia creciente en el mundo el prohibir y castigar también severamente el soborno en el sector privado, razón por la cual dicha tipología está también contemplada en la presente Política.
El presente texto es un reflejo de los valores que deben guiar la conducta de la compañía y de las personas que la integran. Debe infundir honestidad, ética, profesionalidad y transparencia en nuestras relaciones con los clientes, empleados, proveedores y con la sociedad en general.
Esta Política Anticorrupción proporciona los requisitos de cumplimiento para evitar conductas indebidas de conformidad con la Normativa Anticorrupción, ya sea esta aplicable por su alcance local o extraterritorial.
Para los efectos de esta Política, se debe asumir que esta Normativa Anticorrupción se aplica a todos los Empleados, así como a todos los Socios Comerciales y Representantes (en adelante, los “Sujetos Obligados”) y a cada parte asociada, sin importar en qué lugar del mundo se encuentre.
La presente Política refleja la posición de tolerancia cero respecto de cualquier forma de corrupción. Se requiere que todos los Empleados y los demás Sujetos Obligados, incluidos agentes, intermediarios y personas subcontratadas, y sus directores, cumplan plenamente con lo dispuesto en esta Política y en la Normativa Anticorrupción que resulte de aplicación. El cumplimiento de esta Política y normativa es condición indispensable para el mantenimiento de la relación laboral o de asociación, y no se tolerarán violaciones al respecto. Cualquier supuesto de incumplimiento será investigado y podrá derivar, en su caso, en la imposición de las medidas legales pertinentes y disciplinarias pertinentes.
Esta Política tiene por objeto establecer los requisitos de cumplimiento en la materia y proporcionar orientación. Ante toda situación en la que surjan dudas, deberá consultarse a el Responsable de Cumplimiento o la persona que se habilite, a través de los canales habilitados al efecto antes de realizar la acción que les genere las dudas.
II. DEFINICION DE SOBORNO Y CORRUPCION
• De acuerdo con referencias internacionales, se entiende por:
Soborno: el ofrecimiento, promesa, entrega, autorización o aceptación de cualquier dádiva monetaria indebida o de cualquier otro beneficio o ventaja llevada a cabo con el fin de obtener o retener un negocio o cualquier otro beneficio o ventaja inapropiada.
El soborno con frecuencia incluye: (i) el compartir parte del pago de un contrato adjudicado, ya sea con gobiernos, funcionarios de partidos o empleados de la otra parte contratante, o con parientes, amistades o Socios de negocio, o (ii) utilizar intermediarios tales como agentes, subcontratistas, consultores u otros terceros, para canalizar pagos a gobiernos o funcionarios de partidos, o a empleados de la otra parte contratante, sus parientes, amistades o Socios de negocio.
Corrupción: el soborno, la extorsión o instigación al delito, el tráfico de influencias y el lavado de dinero proveniente de dichas prácticas.
III. NORMAS CONTRA LA CORRUPCIÓN
El soborno es la oferta, promesa, entrega, solicitud o aceptación a o de un Funcionario o particular de una ventaja indebida como incentivo para que un Funcionario o particular actúe u omita actuar en el cumplimiento de sus deberes públicos o privados.
La corrupción es el uso indebido de un cargo o poder público para el enriquecimiento privado o el uso de poder privado en relación con un negocio fuera del ámbito de la Administración.
A efectos de esta Política, es irrelevante:
➢ que el receptor del acto de soborno o de corrupción trabaje en el sector público o privado; y
➢ que el acto de soborno sea cometido antes o después de la licitación de un contrato, la obtención de la ventaja o la conclusión de las tareas administrativas.
Asimismo, debe tenerse en cuenta que el hecho de que una situación particular no aparezca como prohibida en la presente Política, no implica que esté permitida. En cualquier caso, se deberá consultar y solicitar la aprobación del Comité de Cumplimiento si surgiera alguna duda.
INEC Mayorista del Norte, S.L. - IBERTRONICS prohíbe terminantemente:
1. Ofrecer o aceptar sobornos a o de Funcionarios Públicos o particulares.
2. Ofrecer o aceptar pagos de facilitación para iniciar o agilizar procesos o trámites
administrativos.
3. Ofrecer o aceptar Regalos y atenciones a o de Funcionarios Públicos o cualquier
otro tercero que contravengan lo establecido en esta Política.
4. Realizar en nombre INEC Mayorista del Norte, S.L. - IBERTRONICS contribuciones con fines políticos.
5. Obtener un trato de favor utilizando el patrocinio o la donación como medio para
conseguirlo.
6. Utilizar las relaciones y contactos comerciales de la empresa en beneficio propio
o de un tercero.
7. Establecer relaciones de negocio con terceras partes sin cumplir los deberes
mínimos de debida diligencia en el conocimiento de terceros.
IV. OTROS ASPECTOS RELEVANTES
a) Mantenimiento de registros contables
Los Sujetos Obligados deben cumplir todas las normas, principios, leyes, reglamentos y prácticas aplicables de INEC Mayorista del Norte, S.L - IBERTRONICS para la contabilidad y el reporte de la información financiera. En particular, los Empleados de INEC Mayorista del Norte, S.L - IBERTRONICS deben preparar los informes y registros requeridos de manera oportuna, completa y precisa.
Es política de INEC Mayorista del Norte, S.L - IBERTRONICS el mantener registros precisos y detallados que reflejen realmente las transacciones y la disposición de bienes. Por lo tanto, los Empleados tienen prohibido realizar anotaciones falsas o engañosas en los libros y registros por cualquier motivo.
Todas las transacciones comerciales deben quedar documentadas por escrito y debidamente contabilizadas para asegurar la trazabilidad de las mismas. Además, INEC Mayorista del Norte, S.L - IBERTRONICS debe mantener un sistema de control interno y externo sobre la información financiera.
A estos efectos, deberán seguirse los protocolos de INEC Mayorista del Norte, S.L - IBERTRONICS en materia de autorización y realización de pagos, sin que puedan realizarse o recibirse pagos que no estén justificados por medio de una factura u otro documento justificativo.
Asimismo, deberá realizarse un seguimiento de los Socios Comerciales (despachos de abogados, gestorías, etc.) que presten servicios a INEC Mayorista del Norte, S.L - IBERTRONICS en materia contable y financiera.
Además, para conseguir lo anterior, es muy relevante que todas las áreas de actividad de INEC Mayorista del Norte, S.L - IBERTRONICS y todos los Sujetos Obligados asistan al Área Financiera INEC Mayorista del Norte, S.L - IBERTRONICS, manteniendo y proporcionando registros claros y precisos de las condiciones económicas que puedan derivarse, por ejemplo, de las relaciones jurídicas que se tutelen desde dichas áreas de actividad.
b) Protocolos en materia de gestiones ante la administración
Con razón de su actividad, es costumbre que INEC Mayorista del Norte, S.L - IBERTRONICS deba realizar gestiones y trámites ante la administración a los efectos de conseguir licencias, autorizaciones, permisos y otros. Dichas gestiones y trámites se realizan en algunos casos de primera mano por Empleados, aunque en la mayor parte de los casos son realizadas por Socios Comerciales y Representantes en representación de INEC Mayorista del Norte, S.L - IBERTRONICS .
A la vista de lo anterior, INEC Mayorista del Norte, S.L - IBERTRONICS:
➢ Deberá llevar a cabo un seguimiento y control del curso de las gestiones y trámites realizados por sus Socios Comerciales y Representantes ante la administración o, por sus propios Empleados.
➢ Siempre que sea posible, deberá asegurarse de que las gestiones y trámites ante la administración son realizadas con la presencia de 2 personas físicas a los efectos de evitar prácticas corruptas en la realización de dichos trámites.
c) Formación
Esta Política requiere que los Empleados realicen periódicamente el curso de formación sobre la misma sobre el contenido de la misma
d) Seguimiento y control (Auditoría)
En cumplimiento de esta Política, INEC Mayorista del Norte, S.L. llevará a cabo, a través del Comité de Cumplimiento, auditorías periódicas y confidenciales diseñadas para prevenir y detectar violaciones de la Normativa Anticorrupción y de otras normas y procedimientos de INEC Mayorista del Norte, S.L. - IBERTRONICS aplicables. Las auditorías periódicas también deben incluir un revisión de los libros y registros que se mantienen, correspondientes a los gastos de entretenimiento, regalos y viajes por los Empleados y otros Sujetos Obligados en nombre de INEC Mayorista del Norte, S.L. En su caso, las auditorías periódicas deben incluir, asimismo, la revisión de los registros relativos a las prestaciones sociales, las donaciones a organizaciones benéficas, los patrocinios y las contribuciones políticas.
e) Canal de denuncias
Es obligación de todos los Sujetos Obligados comunicar cualquier hecho, acto, conducta o comportamiento contrario a la presente Política. Dichas comunicaciones se tratarán con la máxima confidencialidad y no depararán perjuicio alguno para el Sujeto Obligado que, actuando de buena fe, haya comunicado alguna circunstancia que a su juicio podría contravenir lo dispuesto en las leyes y/o esta Política.
El Canal de Denuncias está accesible vía web y correo postal, en las siguientes direcciones:
➢ Web: www.ibertronics.com , enviando un email a la siguiente dirección: info@ibertronics.com
➢ INEC Mayorista del Norte, S.L – IBERTRONICS, Ctra. Asua-Erletxe, 8, 48950 ASUA-ERANDIO (Vizcaya)
f) Sanciones disciplinarias
El incumplimiento de alguna de las normas y principios contenidos en esta Política Anticorrupción se analizará de acuerdo con las normas internas en materia de medidas disciplinarias y sanciones de INEC Mayorista del Norte, S.L. - IBERTRONICS. Cuando se identifique un incumplimiento, el Comité de Cumplimiento determinará la aplicación de medidas disciplinarias y sanciones según el régimen de faltas y sanciones recogido en la citada normativa interna en materia de medidas disciplinarias y sanciones.